Dentro de todos los trámites de una instalación de autoconsumo, el alta ante la compañía eléctrica merece un análisis propio, porque involucra a dos actores distintos que mucha gente confunde: tu distribuidora, dueña de la red física, y tu comercializadora, la que te factura la electricidad cada mes. Entender esta diferencia te ayuda a saber exactamente con quién hablar en cada momento del proceso, y por qué a veces la respuesta que te da una no coincide con lo que esperabas de la otra.
Distribuidora vs comercializadora: quién hace qué
La distribuidora es la empresa propietaria de los cables, transformadores y contadores de tu zona (en España, unas pocas grandes distribuidoras se reparten el territorio nacional según la región). Es quien autoriza técnicamente la conexión de tu instalación a la red, quien instala el contador bidireccional, y quien recibe la solicitud de conexión que presenta tu instalador. La comercializadora, en cambio, es la empresa con la que tienes contratado el suministro y que te envía la factura cada mes; puede ser la misma marca comercial que asocias a tu distribuidora, o una completamente distinta, ya que desde la liberalización del mercado eléctrico puedes elegir comercializadora libremente, independientemente de qué distribuidora opere la red física de tu zona.
Paso a paso: solicitud de conexión a la distribuidora
- Tu instalador prepara la documentación técnica de la instalación: memoria técnica, esquema unifilar y datos de los componentes instalados.
- Se presenta la solicitud de conexión ante tu distribuidora, especificando la modalidad elegida (con o sin excedentes) y la potencia instalada.
- La distribuidora revisa la documentación y, si es correcta, emite una autorización de conexión.
- Si tu vivienda no tenía ya un contador bidireccional, la distribuidora lo sustituye, normalmente sin coste para ti en instalaciones residenciales estándar.
- Una vez el contador está instalado y todo confirmado, tu instalación queda formalmente conectada y puede empezar a generar excedentes computables para compensación.

El contrato de compensación: con quién firmarlo
Si eliges la modalidad con excedentes y compensación simplificada, necesitas un contrato específico con una comercializadora (no con la distribuidora), que puede ser la misma que ya te suministra electricidad o una distinta. Antes de firmar, compara el precio de compensación por kWh que ofrece cada comercializadora, ya que puede variar de forma notable entre unas y otras, algo que muchos particulares no comparan con el mismo cuidado con el que comparan el precio del consumo.
No es obligatorio que tu comercializadora de siempre gestione también tu compensación de excedentes. Compara, igual que comparas el precio de la luz.
Distribuidora y comercializadora, sin confundirlas nunca más
Es la confusión que más llamadas perdidas provoca en todo el proceso: la gente telefonea a su compañía de la luz de siempre para preguntar por un trámite que esa empresa no gestiona ni puede gestionar.
| Distribuidora | Comercializadora | |
|---|---|---|
| Quién es | La dueña de los cables y el contador de tu zona | La empresa a la que pagas la factura |
| ¿Puedes elegirla? | No: viene dada por tu ubicación | Sí, cambias cuando quieras |
| Qué hace en tu autoconsumo | Autoriza la conexión y cambia el contador | Firma tu contrato de compensación de excedentes |
| Con quién habla tu instalador | Con ella | Normalmente no |
Regla práctica para no perder tiempo: si tu duda es sobre el contador, la conexión o la autorización técnica, es la distribuidora. Si es sobre el precio de tus excedentes o tu factura, es la comercializadora. Llamar a la equivocada no acelera nada, y es la causa más común de la sensación de que «nadie te da respuesta».
Cuánto suele tardar la distribuidora en resolver
Los plazos varían según la distribuidora y la carga de solicitudes que tenga en ese momento, pero para instalaciones residenciales de baja potencia, un plazo razonable de referencia ronda entre 3 y 8 semanas desde que se presenta la solicitud hasta que la conexión queda formalizada, aunque en algunas zonas puede alargarse más. Si tu solicitud lleva mucho más tiempo del habitual sin respuesta, tienes derecho a pedir información sobre el estado de tu expediente directamente a la distribuidora.

Qué pasa si cambias de comercializadora después
Cambiar de comercializadora de suministro no afecta a tu conexión con la distribuidora, que sigue siendo la misma independientemente de quién te facture la electricidad. Lo que sí tendrás que hacer es firmar un nuevo contrato de compensación de excedentes con la nueva comercializadora, si decides cambiar también esa parte, ya que ese contrato va ligado a la empresa concreta, no se traspasa automáticamente al cambiar de proveedor de suministro.
Documentación que necesita tu instalador para presentar la solicitud
Para agilizar el proceso, ten preparados desde el principio algunos datos que tu instalador va a necesitar: el CUPS de tu vivienda (el código único que identifica tu punto de suministro, visible en cualquier factura eléctrica reciente), una factura reciente que confirme la titularidad del contrato de suministro, y el DNI o NIE del titular de la instalación. Cuanto antes facilites esta información, menos se retrasa el inicio del trámite de conexión, ya que buena parte del papeleo previo depende de tenerla disponible desde el primer momento.
Qué hacer si tu vivienda tiene un CUPS antiguo o incorrecto
En viviendas con contratos eléctricos muy antiguos, o tras reformas o cambios de titularidad no siempre actualizados correctamente, puede ocurrir que el CUPS registrado no coincida exactamente con los datos actuales de la vivienda. Esto puede generar un pequeño retraso adicional mientras se corrige la información en el sistema de la distribuidora, así que si tienes dudas sobre si tus datos de suministro están completamente actualizados, merece la pena confirmarlo con tu comercializadora antes de iniciar el proceso de alta de autoconsumo, para no descubrir el problema a mitad de la tramitación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir qué distribuidora gestiona mi conexión?
No, la distribuidora que opera la red física de tu zona es única y viene determinada por tu ubicación geográfica, no es algo que puedas elegir como sí ocurre con la comercializadora.
¿Tengo que pagar por el cambio de contador bidireccional?
En la mayoría de casos residenciales estándar, el cambio de contador está incluido sin coste adicional dentro del proceso de alta de autoconsumo, aunque conviene confirmarlo con tu instalador o directamente con la distribuidora en tu caso concreto.
¿Qué pasa si mi distribuidora rechaza la solicitud?
Suele deberse a documentación incompleta o incorrecta, algo que tu instalador debería poder corregir y volver a presentar. Si consideras que el rechazo no está justificado, puedes reclamar ante el organismo regulador correspondiente de tu comunidad autónoma.
Fuentes oficiales para contrastar
- Real Decreto 244/2019 (BOE): artículos 8 y siguientes, acceso y conexión de las instalaciones de autoconsumo.
- Comparador de ofertas de energía de la CNMC (comparador.cnmc.gob.es): compara el precio de compensación de excedentes entre comercializadoras.
- Datadis (datadis.es): consulta tu CUPS, la titularidad y los datos de tu punto de suministro.
Una vez completado el alta, si tu instalación es en un edificio con varios vecinos, revisa también nuestra guía sobre autoconsumo en comunidad de vecinos: cómo aprobarlo en junta.




